Un vehículo no puede circular con la ITV caducada.

El Real Decreto 2042/1994, de 14 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos en su
artículo 2 lo deja muy claro: … De hecho, por ley, circular sin la ITV está tipificado como falta grave y se
multa con 200 euros.
El hecho de tenerlo parado sin ITV se considerará también como falta grave y la cuantía de la sanción
será de 200€.
Por ello, se puede deducir que si acudes a pasar la inspección sin la ITV en regla, si la autoridad te para, te
puede sancionar,pese a que tengas cita previa.
Otro aspecto importante que no se tiene en cuenta al circular con un vehículo sin ITV es que el Seguro,
muy posiblemente, no se hará responsable en caso de alguna incidencia, para saberlo consulta
previamente con tu aseguradora y que te informen POR ESCRITO.

Si no te quieres arriesgar, lo que puedes hacer es llamar a una grúa para que

te lleven tu vehículo a la revisión.

Para pasar la inspección en las dependencias de la ITV, si te vale un seguro por un día. Una vez pasada la inspección,

ya puedes circular sin miedo.